A pesar de la reforma del año pasado a la Ley de Amparo que acotó el derecho de las organizaciones sociales a interponer amparos hasta que demuestren una afectación jurídica real, concreta y personal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó por mayoría amparar a una organización de Aguascalientes pues consideró que defiende derechos humanos, a sectores vulnerables y lucha contra la discriminación.
"El amparo es el único medio que tienen las personas para exigir la protección de sus derechos humanos, y hay que tomar en cuenta que, en muchos casos, las personas acuden a asociaciones porque ellos, de motu proprio, no pueden, pues sí, pagarse un abogado o tener derecho al reclamo, derecho al acceso a la justicia", argumentó la Ministra Loretta Ortiz.
"No debemos de cerrar los ojos a la realidad, a la necesidad de justicia", agregó Hugo Aguilar, presidente de la Corte y uno de los siete ministros que ampararon a la organización.
"No hay ningún debate de que las personas morales son entes incorpóreos, no pueden alegar derechos humanos, pero eso es distinto a que no puedan acudir en defensa de los derechos humanos de sus integrantes. La reforma que acaba de ocurrir no deroga la posibilidad de que las personas morales planteen una demanda de amparo", agregó.
El motivo fue el amparo en revisión 430/2025 de México Igualitario Derribando las Barreras; la organización reclamó la inconstitucionalidad de varios artículos del Código Civil y de la Ley de Ingresos de Aguascalientes que imponían un procedimiento judicial para el cambio de identidad de género, permitían al calce en las nuevas actas anotaciones de los datos anteriores, así como pago.
La organización acusó violaciones a los derechos de igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la protección de datos, pero su solicitud fue desechada pues un juez estimó que no acreditó contar con un interés legítimo.
Eso mismo argumentaron este miércoles las ministras Estela Ríos y Lenia Batres para rechazar la propuesta del ministro Giovanni Figueroa de otorgarle el amparo. Las dos argumentaron la reforma a la Ley de Amparo, incluso que las organizaciones privatizan los derechos de las personas.
"Estoy en contra de la privatización de los derechos de las personas vulnerables vía asociaciones civiles y, por lo tanto, voto en contra", dijo Batres, quien se hace llamar "la ministra del pueblo".
Estela Ríos, ex consejera presidencial, insistió en que deberían ser las propias personas quienes reclamen sus derechos, pero insistió en que no está en contra de los derechos humanos.
"Sin que acepte ninguna aseveración de que yo pudiera estar en contra de la justicia ¡eh!, o sea, son diferentes concepciones de lo que debe ser el derecho y el respeto a la Constitución", dijo.
La Ministra Yasmín Esquivel, quien votó a favor del amparo y de declarar inconstitucionales los artículos 128, 131, 133 y 135 del Código Civil de Aguascalientes, informó que en breve va a iniciarse el procedimiento para la declaratoria general de inconstitucionalidad.
"Con lo cual no sólo un grupo de personas se beneficiarán con este fallo, que serían las personas integrantes y representadas por esta asociación, sino todas las personas del Estado de Aguascalientes", dijo.
Por lo pronto, Hugo Aguilar, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, Giovanni Figueroa, Irving Espinosa, Arístides Guerrero y Sara Irene Herrerías votaron a favor de concederle el amparo. En contra sólo Batres y Ríos.
En el fallo se modificó levemente la propuesta de Figueroa para indicar que el amparo beneficiará únicamente a quienes tengan la condición de representados o acompañados "actualmente" o "al día de hoy", esto para evitar otorgar efectos generales a la sentencia y cumplir con el mandato constitucional de que el amparo solo proteja a las partes involucradas en el juicio.
COMENTA ESTA NOTA